lunes, 16 de mayo de 2016

CONTRATO DE FIANZA


CONTRATO DE FIANZA 

Es un contrato adquirido por dos partes, por medio del cual una institución de fianzas debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (fiador), se compromete a cumplir una obligación de diversa índole con un acreedor (beneficiario)en caso de que el deudor (fiado) no lo haga, la garantía se logra mediante el cobro de una prima que este último debe pagar y que deberá avalarse. la fianza podrá ser contratada por persona física o moral. 

ELEMENTOS PERSONALES




ELEMENTOS FORMALES

FUNCIÓN ECONÓMICA: El afianzamiento mercantil aporta seguridad a las operaciones mercantiles ya que ofrece al acreedor una de cumplimiento de contrato al poder dirigirse contra los bienes del fiador si el deudor no cumple la prestación a la que se había obligado. 

OBJETO: El objeto del afianzamiento  es garantizar el cumplimiento de un contrato mercantil, hasta los límites de la obligación del deudor principal. la deuda que garantiza la fianza puede ser presente o futura , aunque no se conozca el importe en el momento del afianzamiento . No obstante hasta que la deuda no sea liquida no se podrá reclamar contra el deudor.   

¿QUE SE GARANTIZA? 

- Se garantiza la deuda ajena y no la indemnización del daño que cause el incumplimiento del fiado. 
- La obligación accesoria del fiador es siempre en su última etapa la de pagar por equivalente una última cantidad aunque la obligación principal tenga un contenido distinto .

¿CUAL ES LA FORMA EN EL CONTRATO DE FIANZA?
Se ha de realizar por escrito de lo contrario carecería de validez y efectos. La fianza debe de ser expresa y no puede extenderse a más de lo contenido en ella.

¿CUAL ES SU DURACIÓN?
Puede pactarse por tiempo indefinido o por un plazo de tiempo determinado. En los contratos por tiempo indefinido si se ha pactado una retribución para el fiador, la fianza subsistirá hasta que se cancelen definitivamente las obligaciones que nazcan del contrato principal por la terminación completa del mismo. 

¿QUE ES LA FIANZA SOLIDARIA?
Si el fiador obliga solidariamente con el deudor principal, hemos de tener en cuenta las disposiciones relativas a las obligaciones solidarias. El acreedor puede dirigirse con cualquiera de los deudores solidarios se extingue la obligación. El que pago solo puede reclamar de sus codeudores la parte que cada uno corresponda , con los intereses del anticipo. 

¿EN QUÉ CONSISTE LA PRIMA?
Es la cantidad de dinero que debe pagarse por la expedición de una póliza de fianza , se encuentra integrada  por la prima de riesgo , gastos administrativos, impuesto al valor agregado y un margen de utilidad para la empresa. El precio de una fianza está en función del monto de la obligación garantizada y del tipo de contrato que se realice entre el fiador y el fiado. 

PÓLIZA -> Consiste en en los límites que va a tener el contrato. 

CANCELACIÓN -> Es la suspension de los efectos legales del contrato y se extingue la obligación garantizada por cualquiera de los siguientes hechos:



FIANZA EN OBRAS: 












DIFERENCIAS ENTRE 
FIANZA CIVIL & MERCANTIL



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